viernes, 30 de septiembre de 2016

Funcionarización: queremos que comience en 2016

Tanto la Administración como las organizaciones sindicales somos conscientes de que existe un compromiso para comenzar el proceso de funcionarización del personal laboral en 2016; incluso la oferta de empleo público publicada en agosto en el DOCV ya recoge la oferta de 171 puestos para que el personal laboral fijo que por un motivo u otro no pueda acceder a los cursos de funcionarización también tenga una vía para regularizar su relación jurídica con la Administración.
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Hoja de ruta

Ya estamos en el último trimestre de 2016, y nos consta que, para el comienzo efectivo de la formación y del proceso en sí, hay una “hoja de ruta” pactada cuyos plazos se están demorando:

1º Aprobación y publicación en boletín oficial del Decreto que regule la selección, provisión y movilidad de los empleados públicos (ya negociado con las organizaciones sindicales en Mesa Sectorial de 31/07/16, y actualmente "anclado", parece ser, en el Consell Jurídic Consultiu))

2º Reunión de la CIVE del II Convenio colectivo del personal laboral al servicio de la administración de la Generalitat para aprobar un acuerdo que permita a los laborales fijos en excedencia que prestan servicio como funcionarios interinos participar en la funcionarización.

3º Comienzo de los cursos de funcionarización organizados por el IVAP

4º Coincidencia en el tiempo del final del proceso de formación y de la funcionarización a través de la OPE 2016, con la conversión del personal contratado laboral en funcionarios de carrera de la GVA

Solicitud de CSIF al IVAP

Sin perjuicio de que no se han cumplido aún dichos presupuestos previos, desde CSIF queremos destacar la necesidad de que se actúe con la mayor celeridad posible, para comenzar cuanto antes, y con un plazo concreto, al desarrollo del proceso y la finalización del mismo habiendo ofrecido a todo el personal laboral de la Administración valenciana la oportunidad de regularizar su condición y convertirse en funcionario de carrera.

Considerando que el Instituto Valenciano de Administración Pública es un instrumento esencial en el proceso de funcionarización, que debe organizar y realizar con la mayor eficiencia la formación que es la base del proceso, hemos presentado una solicitud por escrito a dicho organismo, en la que pedimos:

SOLICITA AL INSTITUTO VALENCIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las manifestaciones en el mismo contenidas, y en virtud de éstas, actúe con la mayor eficacia y celeridad posible para llevar a cabo -cuanto antes y con plazos determinados que conozcan los interesados- el proceso de funcionarización de todos los contratados laborales de la Generalitat Valenciana.

sábado, 24 de septiembre de 2016

Propuestas clasificación puestos: primer avance de opinión de la GVA

En el segundo trimestre de 2016 se reunió la Comisión Mixta para el Estudio de los Puestos de Trabajo (CMEPT) que regula el Decreto 56/2014 del Consell.
En dicha reunión, todas las organizaciones sindicales manifestamos que no se había producido una negociación real por la premura de la misma, consiguiendo que la Administración planteara la hoja de ruta siguiente:
1º Los sindicatos enviamos propuestas a la CMEPT hasta el 31 de julio
2º En septiembre, los responsables de función pública estudiarían nuestras propuestas
3º A finales de septiembre o inicio de octubre, habría una nueva sesión de la CMEPT para la negociación de las mismas.

La semana anterior tuvimos un primer contacto respecto a las propuestas de clasificación de los puestos de trabajo, en el que se nos comunicó que la primera o segunda semana de octubre se reuniría la CMEPT.

Sobre las propuestas que presentó CSIF, que puedes descargar en documento pdf desde aquí, desde función pública nos avanzan lo siguiente:

a) Propuestas con contenido económico (reclasificación retributiva de cualquier tipo)

Se rechaza cualquier propuesta que suponga un incremento de gasto para la Administración; de forma que la única posibilidad de que prosperase alguna de ellas es que la misma se presentara conjuntamente entre los sindicatos y la Conselleria afectada con indicación de que no supone más gasto (por ejemplo, detallando que la reclasificación sale de la amortización de vacantes y expresando los cálculos).

Sin perjuicio de ello, desde la GVA se admite que en el futuro deberemos dedicar un esfuerzo importante a mejorar la homogeneización de retribuciones del personal empleado público.

b) Propuestas sobre modificación de los Cuerpos, Escalas y Agrupaciones Profesionales Funcionariales (acerca de los requisitos de titulación, o crear/suprimir/unir cuerpos, escalas o APF)

Entre las intenciones de la GVA para esta legislatura, se encuentra una importante modificación de la Ley 10/2010, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana -cuyo primer borrador se pretende comenzar a negociar antes de que acabe 2016-.
Entre las modificaciones estará una reducción del número de cuerpos, escalas y APF de la que dispone la estructura de la administración del Consell. Los próximos cuerpos y escalas serán mucho más genéricos (sus requisitos de titulación también), con el objetivo de fomentar la movilidad del personal empleado público.

La diferenciación que actualmente se realiza entre unos y otros cuerpos que podrían combinarse en uno solo se haría a través de las RPTs, manteniendo las funciones pero fomentando la movilidad. 

Debido a ello, gran parte de las propuestas se negociarán con la reforma de la Ley de función pública.

c) Funcionarización de todos los puestos de trabajo de las RPTs

Tras las RPTs de 2013 quedaron únicamente unos 80 puestos de naturaleza laboral, que impiden a sus titulares participar de la funcionarización. Solicitamos que todos los puestos fueran funcionariales para no dejar fuera de dicha opción a ningún contratado laboral, y la GVA nos indica que:
- aquellos puestos que ya no tienen contenido real específico (por ejemplo, puesto de estenotipista) serán convertidos a un puesto de administración general
- los restantes puestos, debe justificarse adecuadamente por cada Conselleria, en relación con las funciones y tareas del puesto, para poder convertirlo en un puesto funcionarial

Sobre la creación de un "cuerpo de especialistas judiciales" donde se adscribirían varios de dichos puestos, se debatirá en la modificación de la estructura de cuerpos y escalas en la Ley.

d) Promoción al nuevo grupo B

Desde la GVA se está trabajando para poder llevar a cabo los procesos de promoción del grupo C1 al grupo B que se regulaban en una Disposición Transitoria de la Ley 10/2010, y en los que participaría aquel personal a quien en su momento se exigió una Formación Profesional de nivel superior a la que ahora figura como requisito para su grupo.
A modo de ejemplo, en la reunión se comentó, entre otros colectivos afectados, a los educadores de educación especial e infantil, los delineantes, o los agentes de calidad ambiental.

e) Estabilidad en el puesto de trabajo

La Administración es consciente de la alta temporalidad y de que es necesario buscar una solución a la misma, como se ha podido leer en los medios de comunicación recientemente.
Pero la cuestión de la temporalidad no es materia de la CMEPT y la clasificación de los puestos de trabajo.

f) Barrado de puestos A2/C1

Desde la GVA se insiste en que el EBEP impide barrar un puesto en dos grupos de titulación si hay un grupo intermedio -en referencia al grupo B- (nosotros ya mostramos nuestro desacuerdo en dicha interpretación de la Ley).
Se apunta como posible solución la supresión del grupo B en administración general, lo que podría permitir barrar con esas características -pero sólo en los puestos de administración general-.

g) Jefaturas: de servicio por concurso, y de sección barradas A1/A2

El que las jefaturas de servicio se provean por concurso de traslados y no por libre designación es una propuesta del Gobierno de la GVA que deberá incluirse en la reforma de la Ley 10/2010.

Por otro lado, el barrado A1/A2 de las jefaturas de sección sí se va a aprobar por función pública -permitiendo una "carrera profesional vertical" a diversos funcionarios del grupo A2-; pero no se admitirá con carácter general, sino sólo cuando se justifique adecuadamente (entre ellos, a los jefes de Brigada y Sección en Agricultura, o a jefaturas de Administración especial)

h) Propuestas sobre colectivos específicos:

- En Igualdad, es posible que se cree un Cuerpo de Servicios Sociales que englobe varios cuerpos actuales
- Se aceptará el cambio de denominación propuesto para los TMEN
- Se remite a lo explicado sobre el barrado de puestos A2/C1 para lo solicitado en el SERVEF
- Se igualarán las denominaciones de los puestos de trabajo con las mismas funciones, en referencia a los auxiliares de servicios y los auxiliares de gestión
- El personal portuario y de inspección de pesca, en lo solicitado respecto a los requisitos de sus puestos de trabajo, deberá negociarse en la reforma de la Ley 10/2010
- Sobre la mayoría de puestos de trabajo particulares en los que se había solicitado una modificación, se trata de reclasificaciones económicas

sábado, 10 de septiembre de 2016

Solución extraordinaria para interinos: a tener en cuenta

En el reciente informe sobre la función pública valenciana del "Comité de Sabios" presentado por los responsables de la Generalitat esta semana, uno de los principales problemas por solucionar en la Administración es la altísima tasa de temporalidad del personal empleado público: prácticamente un tercio del personal es funcionario interino o personal laboral temporal.

Desde CSIF coincidimos con la Administración en que nos encontramos ante una situación extraordinaria -por su gravedad-, a la que debe otorgarse una solución extraordinaria. Más aún teniendo en cuenta la alta edad media del funcionariado valenciano, que junto a la temporalidad provoca que cada año se vaya perdiendo un porcentaje importante de recursos humanos. Si dichos recursos no se reponen a través de ofertas públicas de empleo, o nos quedamos sin Administración -porque no habrá personal suficiente para prestar el servicio- o se aumentará la temporalidad aún más.

La responsabilidad de haber llegado a esta situación es de la Administración, y por tanto, le corresponde a la Administración el diseño de la "solución extraordinaria", que las organizaciones sindicales estaremos sin duda dispuestas a debatir, negociar, y si es realmente útil, apoyar.

La "solución" puede ser un acceso sólo por concurso a través de una ley excepcional, un concurso-oposición especial -como lo fue el "Plan de Estabilidad / OPE 2004"-, o un acceso diferenciado para el personal no fijo respecto del turno libre. Sea cual sea, desde CSIF consideramos que deben tenerse en cuenta 3 aspectos esenciales para que realmente sea útil -sin perjuicio de un buen diseño que evite errores como los que tuvo la OPE 2004-.

Uno: valoración de la experiencia.
En cualquier proceso extraordinario para regularizar al personal funcionario interino (o laboral temporal), debe valorarse la experiencia, y especialmente aquella derivada de la prestación del servicio en el puesto de trabajo que se pretende consolidar.
No sólo se trata de una cuestión de justicia, sino también de eficiencia; 
Justicia porque el personal no fijo ha estado desempeñando su trabajo durante un periodo muy extenso de tiempo, sin posibilidad real o práctica de acceder a un puesto fijo: real si ni siquiera han salido plazas para su categoría, práctica si han salido plazas pero eran tan pocas que no ha podido consolidar salvo un porcentaje ínfimo. El personal interino ha realizado un servicio necesario para que la Administración funcionara, y no es culpable de su situación.
Eficiencia ya que este personal conoce la Administración y la práctica administrativa, y es la propia organización la que ha ido formándole para prestar el servicio de forma más eficiente; desprenderse del valor añadido de un empleado veterano es un error que no debería cometer la Generalitat.
Por todo ello, es imprescindible valorar al máximo posible la experiencia del empleado público no fijo.

Dos: pruebas de carácter práctico
La Administración necesita de personal que sepa realizar las funciones y tareas que tiene encomendadas, más si cabe en el caso de que dicho personal haya tenido ocasión de hacerlo efectivamente; a su vez, una solución extraordinaria para el personal no fijo debe tener en cuenta su situación particular, en la que se valore lo que mejor sabe hacer: su trabajo.
En el caso contrario, se podría dar una paradoja: en un proceso extraordinario para regularizar al personal interino, obtendría un puesto fijo alguien que se supiera de memoria la Constitución pero no cómo tramitar un expediente, frente a alguien que quizá memorice peor las normas pero sea un buen profesional de la Administración Pública.
En una oposición no hay más remedio que valorar los conocimientos teóricos de los aspirantes, ya que éstos no habrán prestado servicios en la función pública; pero para que un proceso como el indicado sea útil, se deben valorar principalmente -o únicamente, en su caso- la práctica en el trabajo como empleados públicos.

Tres: número suficiente de plazas en oferta
Si en una categoría hay 500 empleados públicos no fijos, y la oferta para el proceso extraordinario es de 50 puestos, en el mejor de los casos seguirán quedando 450 empleados públicos no fijos.
Junto a la valoración de la experiencia y el carácter práctico de las pruebas, resulta esencial -y de sentido común- que deberán ofertarse tantas plazas como sea suficiente para reducir la temporalidad al nivel que se concrete como objetivo a lograr.

En conclusión: desde CSIF apoyamos el debate, diseño y aprobación de una solución extraordinaria para la alta temporalidad en la Administración del Consell; sea cual sea el instrumento para ello, consideramos necesario que se tengan en cuenta las tres cuestiones anteriormente señaladas.

Y además, sabemos que la Administración valenciana puede hacerlo sin problemas y con la seguridad jurídica de que se realiza correctamente: hace varios años, en el sector de Sanidad se realizó una regularización del personal temporal, con pruebas prácticas, valoración de la experiencia y plazas suficientes, que resultó un éxito para la consolidación del personal de dicho sector.
Creemos que sería conveniente recuperar aquel proceso y su diseño, ponerlo encima de la mesa, adaptarlo a las características de función pública, y trabajar sobre ello.